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Sunday, July 13, 2008

ACTO SINODAL DEL 24 DE JULIO DEL 1054

ACTO SINODAL DEL 24 DE JULIO DEL 1054(1)
PRESIDIDO POR EL PATRIARCA DE CONSTANTINOPLA
MIGUEL CERULARIO (Cf. Mansi, XIX, 811-812)

El documento cuya traducción damos a continuación es un extracto de las actas del sínodo de julio del 1054 en el que el patriarca de Constantinopla Miguel el Cerulario procedió a excomulgar a los legados del papa León IX: Humberto de Silva Candida, Federico de Lorena y Pedro de Amalfi. Dicha excomunión era respuesta a la que a su vez habían fulminado dichos legados el 16 de julio anterior.

Ambos hechos son testimonio del estado de mutua incomprensión en que ambas partes de la Iglesia habían caído. Siglos de diferencias culturales, teológicas y disciplinares desembocaron en este hecho doloroso que tiene consecuencias hasta el día de hoy. Como complemento de este documento véase la declaración conjunta realizada por el Papa Pablo VI y el patriarca de Constantinopla Atenágoras I al finalizar el Concilio Vaticano II en 1965


El demonio pérfido e impío, no ha tenido bastante con los males que ha procurado. Por eso, con innumerables fraudes ha engañado al género humano antes de la venida del Señor y también después, continúa enredando a aquellos que le creen... Así pues, en estos días, unos hombres impíos y execrables, hombres venidos de las tinieblas, han llegado a esta ciudad conservada por Dios, desde la cual, como de un manantial, brotan las fuentes de la ortodoxia. Estos hombres, como el rayo, como un vendaval, como granizo han querido pervertir la recta razón con la confusión de los dogmas.

Nos han herido a nosotros, los ortodoxos, acusándonos entre otras cosas de que no nos afeitamos la barba como ellos, que no nos separamos de los presbíteros casados, antes bien recibimos la comunión con ellos. Además nos acusan porque no adulteramos, como ellos, el sacrosanto símbolo [de la fe] y no decimos, como ellos, que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo... De hecho, [ellos] afirman que el Espíritu procede no del Padre solamente, sino también del Hijo [Filioque] sin haber podido sin embargo recabar esta voz de los evangelistas, o derivar este dogma blasfemo de algún sínodo ecuménico.

Actuaron pues desvergonzadamente contra la ortodoxa Iglesia de Dios porque no han venido de la antigua Roma -como decían- sino de otra parte, y de ningún modo habían sido enviados por el papa. Más aún, se ha descubierto que los sellos de las cartas que traían eran falsos.

Nuestra humildad, no pudiendo permitir que tanta audacia y desvergüenza quedase impune, ha hablado de este asunto al fuerte y santo emperador.

El 24 de julio, día en el cual según costumbre debe hacerse una exposición sobre el quinto Concilio(2), este escrito impío fue de nuevo condenado con el anatema, en presencia de la multitud, así como también [fueron condenados] aquellos que lo habían publicado y escrito, o de una manera u otra, le habían dado su consentimiento o su estímulo.

Sin embargo, para perpetuo deshonor y permanente condena de aquellos que habían lanzado tales blasfemias contra nuestro Dios, el texto original de este escrito impío y execrable, redactado por impíos, no fue quemado, sino guardado en los archivos.

Sépase además que el vigésimo día del mismo mes, día en el cual fueron condenados con el anatema todos aquellos que blasfemaban contra la fe ortodoxa, estaban presentes todos los metropolitas y obispos que temporalmente residían en la ciudad, en compañía de aquellos otros dignatarios que se sientan con Nos.

Notas

1. Esta es la Respuesta de Miguel Cerulario a la bula de excomunión que el 16 de julio del 1054 le fulminara el card. Humberto de Silva Cándida, legado del papa León IX. El texto que presento aquí ha sido traducido a partir del que se ofrece en Enchiridion Vaticanum, II (= Documenti ufficiali della Santa Sede 1963-1967), Boloña, s. f., 503.
2. Se refiere al Concilio Constantinopolitano II del año 553, en el que se intentó dar solución al asunto de "los tres capítulos", problema que generó el así llamado "cisma acaciano".

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