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Friday, May 30, 2008

Convocatoria del 46º Capítulo General de la Orden.

Prot. SG/129-S/2008

A toda la Orden
A los Capitulares

En propia sede

Objeto: Convocatoria o intimación del 46º Capítulo General de la Orden.

Queridos hermanos:

Al mismo tiempo que hago llegar un saludo cordial y fraterno a todos y cada uno, quiero, por las presentes, daros gozosamente a conocer mi decisión de convocar el próximo Capítulo General de la Orden. Celebrados felizmente durante el bienio anterior los Capítulo locales y demarcacionales, llega el momento de convocar el Capítulo General, que esta vez conoce, respecto a los citados anteriormente, el desfase de dos años, debido a la diferencia de cómputo que nuestro derecho aplica a los Capítulos locales y demarcacionales (periodos de cuatro años) y al Capítulo General (cada seis años).

Finalizando ya el sexenio 2003-2009, en razón de las facultades que me conceden los números 135 de las Constituciones y 403 de las Reglas Comunes, convoco el 46º Capitulo General, que tendrá lugar, Dios mediante, en nuestra Casa de Peralta de la Sal, España, desde el 1 al 25 de julio de 2009, ambos días inclusive. Todos los Capitulares y cuantos, en su momento, sean convocados y no les venga comunicada otra fecha, quedan citados en Peralta de la Sal, la víspera del inicio del Capítulo y no deberán ausentarse del mismo hasta que no esté totalmente finalizado, es decir, sólo a partir del día 26 de julio.

El significado del Capítulo General queda descrito en nuestras Constituciones (nn. 216-218) como sigue: “El Capítulo General es el órgano supremo de la Orden. Se convocará en el tiempo establecido por las Reglas (en su número 403 establecen que sea cada seis años): a) para examinar el estado de la Orden y dar cuenta del gobierno y administración desde el último Capítulo celebrado; b) para la elección del Prepósito General y sus Asistentes; c) para dictaminar sobre las proposiciones presentadas, estudiar los asuntos más graves, planificar las actividades del Instituto y revisar nuestra legislación.

Son miembros del Capítulo General: a) el General y sus Asistentes; b) el Procurador General; c) los Superiores Mayores; d) otros señalados en las Reglas (cfr. Reglas nn. 406-408); e) los Vocales, que nunca pueden ser menos que los Capitulares por derecho.

En el Capítulo General, deben nuestros religiosos manifestar, de modo especial, un decidido empeño por descubrir la voluntad del Padre celestial en servicio de la Iglesia y de los hombres, guardando total fidelidad al Evangelio y al carisma del Fundador.”

El 46º Capítulo General va a ser celebrado coincidiendo con los 40 años del Capítulo General Especial, tenido en Roma durante los años 1967 a 1969. Este Capítulo extraordinario, quizás único en la historia de la Orden, aplicó a la vida y a la misión de la Orden la doctrina y orientaciones del Concilio Vaticano II, apenas clausurado dos años antes. Esta feliz coincidencia nos lleva a mantener vivo entre nosotros, con fidelidad y creatividad, el espíritu conciliar que impregnó a toda la Iglesia y que, por indicación de la misma Iglesia de hoy a través de la orientaciones de sus Pastores, sigue animándola también en el momento presente. Crecer en eclesialidad es seguir creciendo en espíritu conciliar.

La intimación capitular está firmada significativamente en la fiesta de Pentecostés del presente año 2008. Quiera Dios que nuestro Capítulo sea un acontecimiento del Espíritu en toda la Orden, que la impulse hacia delante con nuevo vigor carismático en su vida y misión.

El lugar de la celebración, Peralta de la Sal, prolonga de alguna manera la vivencia intensa, alentadora y entrañable que ha caracterizado a lo largo y ancho de la Orden, pero sobre todo en la misma Peralta, de las celebraciones del 450 aniversario del nacimiento de nuestro Fundador San José de Calasanz (1557-2007) durante todo el año pasado. Peralta, lugar donde se conserva la pila bautismal de nuestro santo, tendrá para nosotros un sello bautismal que reafirme en todos nuestra vocación escolapia, en sus orígenes y en el presente, para mirar con simpatía y amor nuestro mundo actual y sus gentes, sobre todo a los niños y jóvenes pobres.

Durante el tiempo que nos separa hasta la celebración capitular, iremos manteniendo comunicación con todos, y de forma especial con los Capitulares, para ir preparando el Capítulo de forma responsable y serena, buscando poder colmar, con la ayuda de Dios, nuestras expectativas y esperanzas. Nos mueva sólo, en todo nuestro trabajo y el vuestro, la sola gloria del Señor y la utilidad de los hermanos.

El canon 631.3, refiriéndose a los Capítulos Generales de los religiosos, dice así: “Según las normas determinadas en el derecho propio, no sólo las provincias y las comunidades locales, sino también cada miembro, pueden enviar libremente sus deseos y sugerencias al capítulo general”. Esta facultad reconocida a todos los religiosos de la Orden, con las atribuciones que les reconoce nuestro derecho, apunta a que todos nos tomemos corresponsablemente el Capítulo General. Por consiguiente, para ejercer ordenadamente este derecho, las proposiciones personales (las Capitulares ya se recibieron en la Curia General a través de las Acta capitulares) deberán llegar a esta Curia General, dirigidas al Padre General como Presidente del Capítulo, antes del uno de enero del 2009. Los Capitulares mantienen naturalmente, los derechos que, en este campo, les concede nuestra legislación. La normativa del derecho la veo sobre todo como un reclamo a la corresponsabilidad de todos.

Encomiendo ya desde ahora a vuestro buen querer y hacer, unidos a la oración comunitaria y personal asiduas, el próximo Capítulo General. Hacemos confiadamente valedores ante el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo a la Bienaventurada Virgen María, Madre de Dios de las Escuelas Pías, y a nuestro Santo Fundador San José de Calasanz, junto a la “corona de santidad” que ha transmitido hasta nosotros en toda la Familia Calasancia.

Cuidamos con mayor empeño si cabe la comunión interna a la Orden, poniéndonos todos a la búsqueda común y compartida de la voluntad de Dios. A todos nos bendiga cada día y siempre. Con todo afecto y estima fraternos, mi saludo a todos y cada uno. Afmo. en Cristo y Calasanz

En Roma, a 11 de mayo de 2008
Domingo de Pentecostés

Jesús María Lecea, Escolapio, Padre General

Ricardo Querol, Escolapio, Secretario General

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Saturday, May 17, 2008

ENCUENTRO DE PASTORAL EDUCATIVA

ORDEN DE LAS ESCUELAS PÍAS
Circunscripción de América

ENCUENTRO DE PASTORAL EDUCATIVA
Bogotá 19 al 24 de mayo de 2008

«Anunciar el Evangelio no es para mí ningún motivo de gloria; es más bien un deber que me incumbe. Y ¡ay de mí si no anunciara el Evangelio!

Ahora bien, ¿cuál es mi recompensa? Anunciar el Evangelio entregándolo gratuitamente.» (1 Corintios 9, 16.18a)

“Pongan siempre todo el cuidado posible para que las escuelas vayan bien, y hagan que con frecuencia se tengan las exhortaciones espirituales para los alumnos y que aprendan la vida de Cristo e igualmente los ejercicios de piedad y que frecuenten la confesión, porque así el Señor nos dará a nosotros sus santos dones y nos bendecirá por siempre”. (San José de Calasanz - EP.594)

1 OBJETIVOS:

1.1. Dar una mirada de conjunto a toda la actividad de Pastoral Educativa que realizamos en nuestras obras los escolapios de América: qué hacemos, con quiénes lo hacemos y cómo lo hacemos.

* Catequesis Escolar
* Actividades pastorales extraescolares: convivencias, retiros, grupos infantiles y juveniles
* Catequesis y práctica sacramental
* Oratorio de niños
* Acompañamiento Espiritual

1.2. Ofrecer algunos elementos teóricos de reflexión que permitan repensar nuestra acción pastoral, nuestro ministerio, a la luz del Evangelio y de la realidad actual.

1.3. Llegar a puntos de consenso y a criterios comunes para orientar nuestra acción pastoral en la circunscripción.

1.4. Compartir materiales y experiencias que consideramos valiosos y útiles.


2 ASPECTOS METODOLÓGICOS:

2.1. Para desarrollar el primer objetivo contaremos con la intervención de cada una de las demarcaciones que asistan. El o los representantes de cada demarcación prepararán una exposición en la cual presentarán:

* Las fortalezas y logros más significativos de su acción pastoral
* Las debilidades y dificultades más relevantes que enfrentan
* Los aspectos en los cuales consideran que tienen experiencias y materiales que pueden constituir una aportación para los demás
* Los aspectos en los cuales necesitan apoyo y orientación de otros

2.2. Para desarrollar el segundo objetivo contaremos con expositores que nos ofrezcan elementos de reflexión sobre los siguientes temas:

* Aspecto bíblico-eclesiológico:
La labor pastoral como acción propia del Discipulado, del seguimiento de Cristo.

* Aspecto calasancio:
Los fundamentos teológicos calasancios de la acción pastoral.

* Acceso a la realidad:
Situación de los niños y jóvenes de hoy: desafíos e inquietudes que plantean a nuestra acción pastoral.

2.3. Para alcanzar el tercer objetivo, trabajaremos por comisiones y luego buscaremos en plenaria llegar a puntos esenciales de consenso.

2.4. Para hacer operativo el cuarto objetivo, entregaremos a cada participante un disco magnético con los materiales de pastoral que traigan de las diversas demarcaciones.

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XXXVI Asamblea Regional de Superioras/es Mayores de Centro América y México

Conferencia de Religiosas y Religiosos de Nicaragua

XXXVI Asamblea Regional de Superioras/es Mayores de Centro América y México
Managua – Nicaragua - 12 al 18 de mayo de 2008

Managua, 26 de marzo del 2008

Queridas/os Superioras y Superiores Mayores o Delegadas/os y Juntas Directivas de las Conferencias

Nuestro corazón rebosa de afecto y alegría al darles la bienvenida. Deseamos que esta Asamblea sea un momento de encuentro donde cada una y cada uno pueda sentirse bien y encontrarnos como hermanas y hermanos, compañeras y compañeros de caminada al servicio de la vida, como discípulas/os misioneras/os de Jesucristo.

Estamos en los preparativos de la XXXVI Asamblea Regional (12-18 de mayo). Participarán Superioras y Superiores Mayores de la región de Centro América y México o su respectiva delegada/o.

Como Conferencias los/las invitamos a motivar a las/los Superioras/es a que participen y confirmen su presencia remitiéndonos la ficha de inscripción con todos los datos, antes del día 21 de abril del 2008 a la CONFER , e-mail: confer@ibw.com.ni con copia a Hna Anna Tomelin, Secretaria: chicnic@gmail.com

Les estamos enviando los detalles de la Asamblea , con las orientaciones e informaciones necesarias para el buen desempeño de los trabajos y al mismo tiempo, experimentar la fuerza de la vida religiosa presente en nuestras realidades, junto a las personas migrantes que se van y que se quedan.

Con la certeza de que su presencia y participación activa serán un elemento importantísimo en el acontecimiento que nos reúne, les saludamos con un abrazo fraternal y sororal, en nombre de Cristo Resucitado.

Hna. Angela García, Presidenta de CONFER.
Hna. Anna Tomelin, Secretaria de CONFER

XXXVI Asamblea Regional de Superioras/es Mayores de Centro América y México

TEMA:
Migración desde las/los que se quedan.

TEXTO BIBLICO:
Yo he visto la opresión de mi pueblo, que está en Egipto, y he oído los gritos de dolor…Por eso he bajado a librarlo del poder de los egipcios y a hacerlo subir… (Ex. 3, 7-8)

OBJETIVO GENERAL
Como discípulas/os misioneras/os de Jesucristo, retomar el fenómeno migratorio, acercándonos a las/los que se quedan en su tierra y compartir experiencias para gestar posibles acciones conjuntas, que nos comprometan con esta realidad.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

* Profundizar la realidad de la familia de los/las que se quedan.
* Analizar las consecuencias psicológicas del síndrome del abandono.
* Conocer el impacto de las remesas en la economía familiar y nacional.
* Constatar la pérdida de la identidad cultural y el surgimiento de una nueva subcultura.
* Presentar los informes de la CLAR y Conferencias de religiosas/os de cada país.
* Proponer acciones concretas a nivel nacional y regional (Centro América y México).

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Comunicado de los jesuitas haitianos. Abril 2008

La crisis económica que atraviesa Haití amenaza con sumir a este país en el caos. Ante esta situación, los jesuitas de la zona interpelan a sus responsables políticos y a la propia sociedad civil, al tiempo que denuncian la impasibilidad de la comunidad internacional que "asiste cínicamente a la caída en el infierno de la sociedad haitiana."

Comunicado de los jesuitas haitianos. Abril 2008

Los jesuitas que trabajamos en diferentes ámbitos en Haití somos testigos del drama cotidiano que viven millones de haitianos, hermanos y hermanas nuestros. Al igual que Yahvé en el desierto, vemos la miseria de nuestro pueblo y oímos sus gritos "Soy Yahvé, tu Dios. He visto tu miseria y he oído tu grito".

Estas son las miserias, hoy día, de nuestro pueblo:

Millones de haitianos y haitianas víctimas del incesante y vertiginoso alza de los precios de aquellos productos de primera necesidad, incapaces de cubrir sus más esenciales necesidades, ni siquiera la alimentación.

La reducción de la producción nacional en todos los sectores de la economía, lo que lleva a la hambruna y a la más absoluta indigencia.

El empobrecimiento vergonzoso e insoportable de nuestra población urbana y rural.

El crecimiento de la inseguridad, especialmente la aventurada reaparición de los raptos y la desesperación de los jóvenes.

Nuestro país, hundido en la vergüenza y la desesperación, con su soberanía pisoteada y la mayoría de la población viviendo en condiciones infrahumanas.

También se incluye en las miserias de nuestro pueblo hoy:

¨La total incapacidad de la mayoría de nuestros gobernantes para enfrentarse a los problemas básicos de la sociedad.

La total ausencia de una oposición política constructiva susceptible de controlar y estimular la acción del gobierno a favor del país.

La total aniquilación de la función política del Parlamento mediante procedimientos deshonestos como la corrupción, el soborno...

La irresponsabilidad de la comunidad internacional, especialmente de los países que se dicen amigos de Haití, de las instituciones financieras internacionales (Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo, etc.) que no han respetado de su promesa con respecto a Haití, asistiendo cínicamente a la caída en el infierno de la sociedad haitiana.

El pueblo haitiano, pueblo valiente como ningún otro, esta vez ya no puede más. Atenazado por la miseria, grita. Su grito es una llamada. Los gritos de hoy son los gritos de:

Miles de jóvenes que vagan por la calle diciendo que ya no pueden más y que exigen a los responsables políticos que asuman su responsabilidad.

Los millones de parados, atenazados por el hambre, que gritan su cólera a través de las calles de Puerto Príncipe y de las ciudades de las provincias.

Los padres y madres que pasan varios días sin poder alimentarse y que están gritando su miseria en las manifestaciones callejeras, etc.

Esos niños descarnados de los barrios marginales y del campo que gritan todos los dí as porque no encuentran nada para comer y porque carecen de futuro.

Nos sentimos interpelados por esta situación intolerable que amenaza con hacer caer de nuevo a nuestro país en una situación dramática; estamos profundamente unidos a este pueblo que sufre y sinceramente solidarizados con las victimas. Por esto, en nombre de nuestra fe cristiana y por nuestro compromiso como religiosos jesuitas, pedimos con fuerza:

A los responsables políticos:

Al Presidente de la República,
que tome rápidamente las decisiones que sean necesarias para restablecer la confianza y la paz; que encargue una reforma en profundidad de las instituciones públicas para que el país se ponga, por fin, en la vía del desarrollo.

A los altos responsables del Estado
que, a corto plazo, en el más breve plazo posible, se pongan a elaborar un programa de urgencia, real y eficaz, para disminuir el sufrimiento de la población y, a largo plazo, a utilizar los recursos intelectuales (tanto nacionales como extranjeros) para elaborar y poner en marcha un verdadero plan de desarrollo nacional.

A los partidos y organizaciones políticas,
que asuman su responsabilidad de crítica y de control de la acción gubernamental, que ayuden a la búsqueda de soluciones adaptadas al drama que vive nuestra sociedad, y participen efectivamente en la reforma del Estado para que nuestro país salga por fin de la vergüenza y el marasmo.

A los comerciantes, los industriales, los importadores, los banqueros y otras fuerzas vivas de la nación,
que aporten su contribución para aligerar los sufrimientos de nuestros conciudadanos, que tomen conciencia de la necesidad de trabajar juntos para ayudar a Haití a levantarse.

A todos los componentes de la sociedad civil:
responsables religiosos, educadores, estudiantes, responsables y miembros de asociaciones sindicalistas y obreras, artesanos, pequeños comerciantes, agricultores, a ponernos de pié, a buscar juntos las soluciones a los problemas de nuestro pueblo.

A la comunidad internacional,
sobre todo a los países que se dicen amigos de Haití, a las instituciones financieras internacionales, que respeten sus compromisos con Haití, que respeten sus numerosas promesas de cooperación y que ayuden al país a salir de este crítica situación.

Firman:
P. Pérard Monestime SJ, P. Dérino Sainfariste SJ, P. Kawas François SJ, P. André Charbonneau SJ, P. Miller Lamothe SJ, P. Claude Souffrant SJ, P. Ramiro Pampols SJ, P. Kénel Sénatus SJ, P. Gilles Beauchemin SJ, P. Gontrand Décoste SJ, Frère Mathurin Charlot SJ, Thomas Dabady SJ y P. Godefroy Midy SJ.

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Integridad de la Creación - Unión de Superiores Generales

Para:
Responsables Nacionales de las Superioras y de los Superiores mayores de los institutos religiosos.

De:
Grupo de Trabajo sobre Integridad de la Creación de las USG/UISG, Roma

Queridos Hermanos y Hermanas,

¡Paz!

La Comisión de JPIC (Justicia, Paz y Integridad de la Creación) de la Conferencia de los Superiore(a)s Generales (USG/UISG) ha establecido recientemente un grupo de trabajo sobre integridad de la creación, integrado por miembros de las congregaciones religiosas y laicos interesados.

Como lo pueden leer en la carta adjunta, estamos buscando información desde el mundo entero sobre proyectos y experiencias concretos en la línea de la integridad de la creación.

Los invitamos a difundir esta petición al mayor número de congregaciones en su país.

En Cristo,


Gearóid Francisco Ó Conaire ofm
Secretario General, Comisión JPIC de USG/UISG
Miembro del Grupo de Trabajo sobre Integridad de la Creación

Comisión de Justicia, Paz e Integridad de la Creación

USG/UISG Secretariat

Grupo de Trabajo Integridad de la Creación – Hoja Informativa

A: Miembros de los Institutos religiosos que se ocupan del ambiente
De: Grupo de Trabajo Integridad de la Creación de la USG/UISG, Roma

Queridas hermanas y hermanos,

La Comisión JPIC de la Conferencia de Superiores Generales de los Institutos masculinos y femeninos (USG/UISG) ha creado recientemente un grupo de trabajo para la integridad de la creación, compuesto de miembros de institutos religiosos y de laicos interesados.

La evidencia científica más recientes (ver el informe Panel Intergubernamental sobre el cambio climático – IPCC ; www.ipcc.ch ) indica que el clima está cambando, muy probablemente causado por la actividad humana, está poniendo en peligro ecosistemas que favorecen la vida. El grupo de trabajo Integridad de la Creación quisiera facilitar un aprecio más profundo de la importancia de la integridad de la creación en la evangelización hoy.

Como primer paso, quisiéramos crear una base de datos sobre el trabajo que están realizando los institutos en todo el mundo. Este sería un recurso muy importante para animar a otros a tomar iniciativas para cuidar la creación. Proponemos hacer ampliamente accesible esta información vía email y en Internet. Estamos también interesados en crear materiales educativos sobre ecología apropiados para nuestros miembros.

Le animamos a difundir esta petición a todas las personas posibles en su congregación. Pida a todas las personas implicadas que llenen el formulario adjunto y que envíen todos los documentos importantes. Cualquiera y todos pueden usar ese formulario adjunto. Ponga, por favor, todos los documentos en formato electrónico y envíelos a ecopax9@gmail.com, o bien por copia dura a la dirección indicada arriba. Responda en una de las lenguas siguientes – español, francés, italiano, portugués y si es posible preferentemente en inglés.

Esperamos tener noticias suyas, si es posible antes del 30 de marzo de 2008.

In Cristo.
Gearóid Francisco Ó Conaire ofm

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Friday, May 16, 2008

Breve ¨Nobis Quibus¨

1 de mayo de 1731

CLEMENTE OBISPO SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS PARA PERPETUO RECUERDO

1.
Nos, que hemos recibido como encomienda de Cristo el Señor la preocupación de toda la Iglesia, debemos llevar muy en el corazón la buena y recta educación de la juventud, que va inbuyendo el espíritu sensible del muchacho en la vivencia de la fe y en la ciencia humana; de ella dimanan, como es notorio, abundantes y logrados bienes en provecho de la Iglesia y de la entera sociedad cristiana, para gloria de Dios Soberano. Si, pues, demostramos especial interés por las personas, cabales y competentes, que se ocupan en este menester digno de encomio, procurando apoyarlas y distinguirlas con nuestro favor apostólico, creemos no hacer otra cosa sino aquello que es más conforme con nuestro ministerio y con los planes de Dios Todopoderoso, cuyo honor tenemos siempre presente.

2.
Hemos sabido que se han propagado opiniones y voces, dispares y contrastantes, acerca del ministerio específico y del cometido primordial de la Congregación de nuestros amados hijos los Clérigos Regulares Pobres de la Madre de Dios, denominados de las Escuelas Pías, y en concreto sobre el modo y plan de educación y admisión en sus escuelas de los jóvenes a ellos confiados. No hay tampoco unanimidad en la interpretación de los estatutos confirmados para dicha Congregación con su autoridad apostólica por nuestro predecesor Gregorio XV de feliz memoria, ni de las cartas apostólicas, bajo el plomo o bajo el anillo del Pescador en forma de Breve, dadas para la misma Congregación por muchos otros Romanos Pontífices, sobre todo por Paulo y de grata memoria, por el propio Gregorio XV, Urbano VIII, Alejandro VII, Clemente IX y Clemente X.

3.
Por eso Nos, en el desempeño de nuestro apostolado, queremos quitar de en medio toda controversia y disensión que haya brotado o pueda brotar de esta discrepancia de opiniones y de las encontradas interpretaciones de los mencionados estatutos y cartas, y deseamos patentizar aún más la benevolencia que siempre hemos profesado a estos Clérigos Regulares por los constantes y fatigosos trabajos que desarrollan para bien y utilidad del prójimo. Así, recientemente, de propia iniciativa, con perfecto conocimiento de causa, con deliberación y en uso de nuestra plena potestad apostólica, hemos nombrado una comisión especial para examinar detenidamente este asunto, formada por nuestros Venerables Hermanos Próspero Marefoschi, Protector de los referidos Clérigos Regulares, Leandro Porzia y Pedro Luís Carafa, Cardenales de la Santa Iglesia Romana; como secretario le hemos asignando a nuestro Auditor y venerable Hermano el Arzobispo de Nacianzo.

4.
A esta comisión, dotada de los necesarios poderes, le hemos encargado y encomendado que estudiara con calma todas y cada una de las cartas apostólicas, en forma de Breve o bajo el plomo, que se refirieran a esos Clérigos Regulares y a sus estatutos, y que, con estos datos previos, consideraran con atención los siguientes puntos:

5.1
¿Pueden los mencionados Clérigos Regulares atender a la enseñanza superior en sus escuelas públicas, además de enseñar la escritura, lectura, cálculo y gramática?

5.2
¿Pueden admitir en sus escuelas públicas alumnos ricos y nobles?

5.3
¿Pueden regentar internados, seminarios y residencias juveniles?

5.4
¿Se les ha de conceder el privilegio apostólico otorgado a los Regulares, de poder fundar casas sin el consentimiento de los otros Regulares, con tal que tengan entradas suficientes para atender al número de religiosos prefijados por las Constituciones Apostólicas, sin necesidad de mendigar ni hacer colectas?

6.
La comisión se reunió el trece del pasado mes de abril, estudió y sopesó cuidadosamente, según nuestro mandato, los estatutos y demás cartas apostólicas de los Romanos Pontífices, dadas en forma de Breve o bajo el plomo, redactadas por diversas causas para los Clérigos Regulares antedichos, y llegó a esta conclusión común y unánime, que al día siguiente Nos exponía nuestro Auditor, el ya mencionado Arzobispo de Nacianzo:

1 Los Clérigos Regulares Pobres de la Madre de Dios, llamados de las Escuelas Pías, en conformidad con las Constituciones de su Orden, deben enseñar a los muchachos los principios fundamentales de la fe católica, la gramática y el cálculo; y pueden también atender a la enseñanza superior en sus escuelas públicas, con tal de observar las Constituciones de la Orden en cuanto a la enseñanza elemental.

2 Deben admitir a los niños pobres, y pueden admitir niños ricos y nobles.

3 Pueden regentarlos, a tenor de los Capítulos Generales.

4 Se responde a favor de la concesión del privilegio, según el indulto otorgado por nuestro predecesor, de feliz memoria, el Papa Clemente IX a los Frailes Descalzos de la Orden de Nuestra Señora del Carmelo el 6 de octubre de 1668.
6 «He oído que el P. Santiago lee lógica, lo que es contra nuestro Instituto y contra mi voluntad que no he querido nunca que los nuestros la leyesen a los seglares; me fue pedido por uno leer lógica y le respondí que no era nuestro instituto leer lógica, que enviase sus hijos a otros religiosos, y así no se habló más; ahora le mandará en virtud de santa obediencia que no la lea más» EP 1497. Cf. EP 352, 1315, 1937 (308).

«El prefecto debe recibir con toda caridad a los pobres, aunque estén descalzos, o con vestidos rotos y sin capa, ya que principalmente para éstos ha sido fundado nuestro Instituto» Dichirazioni circa le nostre Constitutioni, Regale e Riti Comuni, 33 r.

«Sabe también VR que en las Constituciones nos está prohibido el regentar seminarios» EP 2219.
Cf. CC 205.

7.
En consecuencia, Nos, deseando colmar de especiales favores y gracias a estos Clérigos Regulares, por las presentes absolvemos y consideramos absueltos a todos y cada uno de ellos de toda sentencia, censura y pena eclesiástica de excomunión, suspensión y entredicho ‘a jure’ o ‘ab homine’, originada por cualquier motivo o causa, si acaso han incurrido en ella y sólo para conseguir el efecto de esta Carta. Pensamos que en el presente documento quedan plena y suficientemente recogidos los mencionados estatutos y las cartas que se refieren a dichos Clérigos Regulares, dadas por nuestros predecesores los Romanos Pontífices Paulo V, Gregorio XV, Urbano VIII, Alejandro VII, Clemente IX y Clemente X, bajo el plomo o en forma de Breve, los decretos emanados de sus Capítulos Generales, el tenor —incluso un tanto más importante— de todos y cada uno de ellos— y su data.

8.
Avocamos a Nos y a esta Sede Apostólica, suprimimos y abolimos totalmente e imponemos perpetuo silencio en todo lo que atañe a cualquier controversia, discordia y querella, que haya podido surgir o surgirá en detrimento de estos Clérigos Regulares a propósito del verdadero sentido e interpretación de dichos estatutos y cartas apostólicas, de cualquier modo y en cualquier lugar; o que haya sido llevada ante cualquier tribunal; o que esté pendiente de sentencia. Por otra parte, de propia iniciativa, con perfecto conocimiento de causa y tras madura deliberación, en uso de nuestra plena potestad apostólica y por consejo de la mencionada comisión especial, confirmamos y aprobamos los decretos arriba descritos y enunciados para que en adelante permanezcan en vigor siempre e ininterrumpidamente y sean observados en todas partes por estos Clérigos Regulares, por su Prepósito y Procurador Generales, por sus otros Superiores y por cualquier persona; los corroboramos con nuestra potestad; en la medida en que sea necesario, de nuevo concedemos y otorgamos, por nuestra suprema autoridad apostólica y del mejor modo posible, cuanto en ellos se contiene en sus diversos puntos: enseñanza superior, admisión de niños nobles y ricos en sus escuelas, dirección de internados, seminarios y residencias juveniles; y suplimos plenamente todos y cada uno de los defectos que en ellos se pudieran encontrar, tanto de derecho como de hecho y de circunstancias.

9.
Y para que en lo sucesivo nadie, en ningún sitio, se atreva a suscitar nuevas controversias y discordias en contra de estas disposiciones ni a molestar por su causa a estos Clérigos Regulares, decretamos y declaramos con nuestra autoridad apostólica que este es el sentido verdadero, legítimo, genuino y manifiesto de las conclusiones de la comisión especial, de nuestra aprobación y nueva concesión, y del contenido de los referidos decretos, sea de los estatutos, sea de las cartas apostólicas dadas bajo el plomo o en forma de Breve. Decretamos y declaramos igualmente que todos deben observarlos en su integridad, aun las personas dignas de especial mención y que habrían de ser señaladas individualmente por las Constituciones Apostólicas y por nuestro Reglamento y el de la Cancillería Apostólica, aun los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, los Ordinarios de lugar y los religiosos de todas las Ordenes —sin excluir las Mendicantes y Militares—, de todas las Congregaciones, de todos los demás Clérigos Regulares —sin exceptuar la Compañía de Jesús y de todo Instituto Regular.

10.
Decretamos y declaramos que no se puede dar ninguna otra interpretación a esos estatutos y cartas apostólicas. Y, finalmente, decretamos y declaramos con nuestra autoridad apostólica que nunca les estuvo prohibido o vedado a los Clérigos Regulares de la Madre de Dios, llamados de las Escuelas Pías, atender a la enseñanza superior, en virtud de sus estatutos y de las cartas apostólicas a ellos concedidas, sobre todo las ¨Ad ea¨ de Paulo V; sino que, muy al contrario, les estuvo y les está permitido atender a la enseñanza superior en sus escuelas públicas en beneficio de los muchachos de toda clase y condición.

11.
Por último, a estos Clérigos Regulares Pobres de la Madre de Dios, llamados de las Escuelas Pías, a su Prepósito General y a todos sus Superiores, aunque cada uno en su distrito, les concedemos que puedan establecer, fundar y erigir, libre, lícitamente y en cualquier lugar, casas y comunidades religiosas, en conformidad con las disposiciones del Concilio de Trento, para la educación de los niños de cualquier clase y condición, en todas las disciplinas liberales, latinas o griegas, y en las ciencias aun mayores; y lo mismo, respecto a la fundación de internados, seminarios y residencias juveniles; contando únicamente con la licencia de los Ordinarios y sin que sea necesario el consentimiento de religiosos de otra Orden (ni siquiera Mendicante) o Congregación de Clérigos Regulares (aun la Compañía de Jesús); tampoco tendrán que observar la distancia de ciento cuarenta cañas o de otro espacio intermedio hasta el próximo cenobio o convento masculino más próximo, prescrita por nuestros predecesores; con tal que posean rentas suficientes para mantener el número de religiosos impuesto por las Constituciones Apostólicas, sin necesidad —como ya se ha dicho— de mendigar y pedir limosna: en virtud de nuestra autoridad apostólica y por las presentes les otorgamos esta licencia y facultad a perpetuidad.

12.
Queremos que el presente Breve y su íntegro contenido sea y permanezca válido y eficaz siempre y perpetuamente, que surta y obtenga efecto pleno y cabal, y que lo observen firme e inviolablemente todos y cada uno de sus destinatarios actuales y futuros; sin dejar de estar vigente en ningún momento, por ninguna razón o causa, aun legítima y jurídica, incluso motivada por el hecho de que no se hallen de acuerdo con la Bula ni hayan sido llamados, citados u oídos los Superiores de las Ordenes Mendicantes o de Instituto Regular que exija mención individual y explícita, o cualesquiera otros que tengan o pretendan tener derecho o interés en esto y sobre esto por cualquier modo y razón, en fuerza de los privilegios que la Santa Sede les haya concedido a todos y cada uno de ellos; y aunque tal vez no hubieran sido alegadas, comprobadas y verificadas las causas que han dado lugar a este nuestro Breve; y aunque estas causas pudieran ser censuradas, impugnadas e invalidadas por vicio de subrepción, obrepción, nulidad, invalidez, falta de intención por nuestra parte, o por cualquier otro vicio impensado y en extremo sustancial, que requiera mención y enunciación específica e individual; y aunque pudieran ser llevadas al tribunal o entablarse sobre ellas litigio, o conseguirse —por vía y en términos judiciales o contra ellas— cualquier remedio de restitución integral o de derecho, hecho o gracia, o incluso usar o ayudarse de un motivo similar concedido o conseguido.

13.
Y decretamos que este Breve no sea incluido en ninguna revocación de gracias semejantes o diferentes, ni en ninguna suspensión, limitación, modificación, derogación o disposición en contrario que haya sido dada y concedida temporalmente o que haya de darse o concederse por Nos y por nuestros sucesores, aun por iniciativa parecida o incluso consistorialmente, y bajo cualquier tenor, forma, cláusula y decreto; aunque se hiciera especial mención del presente documento y de todo su tenor y data. Queremos, por el contrario, que este Breve sea aceptado en todo momento y que, siempre que aparezca, se crea que es restituido, repuesto y plenamente integrado en aquel estado primitivo y sumamente estable en que se encontraba anteriormente; además, ordenamos de nuevo que se le considere válido, aun en el futuro, en cualquier otra data posterior que determinarán los mencionados Clérigos Regulares de la Madre de Dios, llamados de las Escuelas Pías.

14.
Y ordenamos que todos los jueces ordinarios y delegados, los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, Legados a latere, Vicelegados, Nuncios de la Sede Apostólica y cualquier otra persona que goce de autoridad, potestad, prerrogativa, honor y privilegio juzguen, sentencien e interpreten así, y no de otra manera, en todos y cada uno de los puntos anteriores; y todas y cada una de estas personas quedarán privadas de toda facultad y autoridad para juzgar, sentenciar e interpretar diversamente. Y decretamos que será inválida y nula toda acción atentatoria interpuesta por cualquier persona o autoridad, con conocimiento de causa o por ignorancia.

15.
No obstan las normas dadas por Nos y por nuestra Cancillería acerca de no quitar derechos adquiridos y de no conceder gracias similares. Ni las Constituciones y Ordenamientos Apostólicos de nuestros antecesores de feliz memoria Clemente IV, Sixto IV, Julio II y Clemente VIII — ¨Quoniam ad Institutum¨—, de Gregorio XV — ¨Cum alias¨—, de Urbano VIII — ¨Romanus Pontifex¨— y de otros Romanos Pontífices. Ni los estatutos y costumbres y privilegios corroborados con cualquier otra autoridad jurídica, que expresamente prohíben fundar y erigir, a una distancia inferior a unas ciento cuarenta cañas, otras casas de Regulares o monasterios adyacentes a las casas, cenobios, conventos y monasterios de los Frailes Regulares Mendicantes, y que vedan a los Ordinarios de lugar la concesión de la licencia para estas fundaciones y erecciones en las ciudades y pueblos sometidos a su ordinaria jurisdicción, si no convocan y escuchan a los Priores y Procuradores de los conventos que se encuentran en dichas ciudades y pueblos y a otras personas afectadas y si —conocida la causa y cumplidos todos los requisitos— no consta previamente que los nuevos conventos que hayan de erigirse podrán sostenerse convenientemente sin perjuicio alguno para los demás; y ello, aunque en su contra existieran indultos y cartas apostólicas que hubieran sido concedidas, aprobadas y renovadas repetidamente en favor de los Mendicantes, de cualquier Congregación de Clérigos Regulares y de cualquier otro Instituto Regular, que deba incluso ser nombrado especial e individualmente. Ni los mencionados estatutos y costumbres de la propia Congregación de los Clérigos Regulares de la Madre de Dios, aun corroborados por confirmación apostólica o de cualquier otro modo.

16.
Creyendo que el tenor de todos los anteriores documentos se halla recogido en el presente Breve con palabras plena y suficientemente explícitas y como si estuvieran transcritas al pie de la letra, los derogamos en su totalidad y en sus particularidades y queremos que permanezcan derogados, lo mismo que cualquier otro documento en contrario, directa, abierta, motivada, consciente y deliberadamente y en plenitud de potestad, tan sólo para conseguir el efecto indicado, si bien permanecen en vigor en cuanto a los demás; aunque, para su derogación suficiente, se tuviera que mencionar y nombrar los documentos y sus tenores especial, específica, expresa, individual y textualmente —no por cláusulas generales de idéntico contenido—, y aunque debiera observarse para esto alguna otra formalidad escogida.

17.
Y queremos que a las copias y ejemplares, incluso impresos, de la presente Bula acompañados de la firma de notario público y del sello de persona constituida en dignidad eclesiástica o del Prepósito General de dichos Clérigos Regulares Pobres de la Madre de Dios, llamados de las Escuelas Pías, se les dé la misma autoridad que se otorgaría al propio original, tanto en juicio como fuera de él.

18.
Por lo tanto, nadie podrá infringir u oponerse temerariamente a este documento de nuestra absolución, aprobación, confirmación, corroboración, suplencia de defectos, decreto, declaración, concesión, impartición, de- rogación y sentencia. Quien se atreva a atentar contra él, sepa que incurre en la indignación de Dios Todopoderoso y de los Bienaventurados Pedro y Pablo.

Roma, en Santa María la Mayor, 1 de mayo, año 1731 de la encarnación del Señor y primero de nuestro pontificado.

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